REGLAMENTO GENERAL, TÉRMINOS, CONDICIONES Y BASES LEGALES DEL PROGRAMA “HAZ ECO COSTA RICA”
CAPÍTULO I – DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Organizador
La sociedad VALLAS Y GIGANTOGRAFÍAS DE COSTA RICA S.A., cédula jurídica número 3-101-345643, con domicilio en la República de Costa Rica, en adelante denominada el “Organizador”, es la única responsable de la planificación, ejecución, administración y cierre del programa denominado “HAZ ECO COSTA RICA” (en adelante el “Programa”).
Artículo 2. Naturaleza Jurídica
El Programa constituye una actividad privada de carácter promocional y reputacional, basada exclusivamente en criterios de mérito, evaluación técnica objetiva y análisis cualitativo y cuantitativo. En consecuencia, no interviene el azar (no constituye rifa, sorteo ni juego de azar) por lo que no requiere autorización administrativa previa bajo la normativa costarricense
Artículo 3. Objeto
El Programa tiene como finalidad identificar, evaluar y reconocer organizaciones que implementen prácticas sostenibles reales, verificables y alineadas con estándares ambientales, sociales y de gobernanza (ESG), mediante el otorgamiento de un beneficio publicitario.
CAPÍTULO II – PARTICIPACIÓN
Artículo 4. Sujetos Elegibles.
Podrán participar: personas físicas con actividad comercial, personas jurídicas debidamente constituidas y con operación comercial en Costa Rica
Artículo 5. Exclusiones
No podrán participar: colaboradores del Organizador, empresas del gremio de Publicidad Exterior, proveedores vinculados con el programa “HAZ ECO COSTA RICA” ni personas con conflicto de interés
Artículo 6. Requisitos de Participación.
El participante deberá:
Completar el proceso de inscripción
Aceptar este Reglamento
Aceptar el Aviso de Privacidad
Presentar Declaración Jurada
Aportar evidencia verificable
Artículo 7. Aceptación Total
La participación implica la aceptación expresa, irrevocable e incondicional de: este Reglamento, las decisiones del Organizador y los criterios de evaluación. Por lo anterior y para todos los efectos legales, el organizador entenderá que la sola inscripción y participación son prueba del conocimiento de todas y cada una de las cláusulas del reglamento.
CAPÍTULO III – MECÁNICA DEL PROGRAMA
Artículo 8. Etapas
El Programa comprenderá las siguientes etapas:
Convocatoria o invitación
Registro: Los “Participantes” deberán responder en el sitio web del “Concurso”, los formularios de inscripción, mismos que solicitarán los siguientes datos:
Información básica
Nombre o Denominación social de la Empresa o Sociedad.
Nombre Comercial.
Persona de contacto, incluyendo su nombre y cargo.
Sitio web de la empresa.
Redes Sociales.
Dirección de la empresa.
Rubro a la que pertenece.
Prácticas de Sostenibilidad:
¿Qué productos o servicios sostenibles ofrece su sociedad o empresa?
¿Qué prácticas sostenibles se incorporan en su proceso de producción o en sus operaciones comerciales?
¿Qué medidas ha tomado para reducir la huella ambiental de su sociedad o empresa?
¿Están sus productos certificados o reconocidos por alguna organización o certificación sostenible?
¿Cuál es su visión a largo plazo para la sostenibilidad en su negocio?
¿Por qué cree que su sociedad o empresa debería ganar la campaña publicitaria?
Revisión de admisibilidad
Evaluación técnica
Selección final
Publicación de resultados
Artículo 9. Evaluación
Se realizará con base en criterios objetivos:
IMPACTO AMBIENTAL COMPROBABLE: Efecto real de las acciones sostenibles.
Indicadores objetivos:
Reducción de emisiones (CO₂, energía, etc.)
Disminución de residuos
Uso de materiales reciclables o biodegradables
Ahorro de agua o energía
Evidencia requerida: reportes internos, certificaciones, mediciones
TRAZABILIDAD Y EVIDENCIA: Qué tan verificable es lo que dicen.
Indicadores:
Documentación respaldatoria
Consistencia entre discurso y práctica
Posibilidad de auditoría
INNOVACIÓN SOSTENIBLE: Nivel de diferenciación y creatividad.
Indicadores:
Soluciones nuevas o poco comunes
Uso de tecnología verde
Modelos disruptivos
IMPLEMENTACIÓN REAL : Si es algo real o solo marketing.
Indicadores:
Tiempo de ejecución
Nivel de integración en la operación
Recursos invertidos
ESCALABILIDAD E IMPACTO FUTURO: Si puede crecer o replicarse.
Indicadores:
Potencial de expansión
Adaptabilidad
Impacto proyectado
COMUNICACIÓN RESPONSABLE: Cómo comunican sostenibilidad.
Indicadores:
Claridad
Transparencia
No exageración
Artículo 10. Facultades de Verificación.
El Organizador podrá: solicitar documentación adicional, realizar verificaciones y rechazar postulaciones.
CAPÍTULO IV – PREMIO
Artículo 11. Naturaleza del Beneficio
El ganador recibirá:Una campaña publicitaria, por 4 semanas, en espacios definidos por el Organizador. La campaña publicitaria, incluirá el logo “HAZ ECO”
Una filmación donde el ganador contará la historia de su empresa y/o emprendimiento, el desarrollo sustentable con el que cuenta, el efecto que la campaña le generó, razón por la cual, el ganador autoriza el uso de su imagen para ser difundida en los medios que EL ORGANIZADOR estime convenientes.
Artículo 12. Condiciones
El beneficio no es transferible y no es canjeable por valor monetario. Una vez designado el ganador, EL ORGANIZADOR se pondrá en contacto por el medio brindado en el formulario, y éste, por medio de su representante legal o Apoderado, deberá aceptar por escrito el premio en un plazo de 15 días.
Artículo 13. Entrega
El Organizador definirá fecha, condiciones y requisitos para la entrega y disfrute del premio.
Artículo 14. No Reclamo
Si el premio no es reclamado o aceptado, se considerará renunciado y el Organizador podrá disponer del mismo
CAPÍTULO V – OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD
Artículo 15. Responsabilidad del Participante
El participante será responsable de: la veracidad de la información, el contenido presentado, el uso de marcas y derechos.
Artículo 16. Indemnidad
El participante se obliga a mantener indemne al Organizador frente a cualquier reclamo derivado de su participación.
Artículo 17. Limitación de Responsabilidad
El Organizador no será responsable por fallas técnicas, actos de terceros, información incorrecta, o cualquier falta atribuible al ganador.
Artículo 18. Renuncia a Reclamos
El participante renuncia a reclamos contra el Organizador, salvo ilegalidad comprobada.
CAPÍTULO VI – TECNOLOGÍA Y SISTEMA
Artículo 19. Disponibilidad
El Organizador no garantiza continuidad del programa, por lo que el mismo puede ser un proyecto de un solo ganador.
Artículo 20. Propiedad
La plataforma, contenido y metodología y derechos son propiedad exclusiva del Organizador.
Artículo 21. Fraude
Cualquier manipulación o implicará descalificación inmediata.
CAPÍTULO VII – SOSTENIBILIDAD Y VERACIDAD
Artículo 22. Prohibición de Greenwashing
Se prohíbe información engañosa y prácticas no verificables, el concursante que se le compruebe quedará inmediatamente descalificado. Misma situación aplicará para el ganador designado en caso de comprobación de Greenwashing.
Artículo 23. Declaración Jurada
El participante declara la veracidad de la información presentada bajo responsabilidad legal.
CAPÍTULO VIII – PROTECCIÓN DE DATOS
Artículo 24. Tratamiento de Datos
El tratamiento de datos personales se realizará conforme a la Ley N° 8968, autorizando de forma expresa el concursante el uso y almacenamiento de sus datos al Organizador.
Artículo 25. Finalidades del almacenamiento y uso de datos:
Los datos serán utilizados para gestión del programa, evaluación y comunicación en atención al mismo.
Artículo 26. Derechos del Titular
Acceso, rectificación, cancelación y oposición.
CAPÍTULO IX – PROPIEDAD INTELECTUAL
Artículo 27. Licencia de Uso
El participante otorga licencia no exclusiva, gratuita, mundial e indefinida para fines promocionales del programa
CAPÍTULO X – MODIFICACIONES Y SUSPENSIÓN
Artículo 28. Modificaciones
El Organizador podrá modificar el Programa por causa justificada.
Artículo 29. Interpretación
La interpretación corresponderá al Organizador conforme a derecho.
Artículo 30. Prevalencia
Este Reglamento prevalece sobre cualquier comunicación publicitaria.
Artículo 31. Indemnidad
Si una cláusula es nula, las demás seguirán vigentes.
Artículo 32. Legislación Aplicable
Estas estipulaciones se rigen por la Legislación, jurisdicción y Tribunales de la Republica de Costa Rica, por lo que, de existir cualquier controversia, deberá dirimirse en las instancias correspondientes con jurisdicción ordinaria.